LIMA.- El Congreso de la República ha aprobado modificaciones significativas en la Ley de Organizaciones Políticas y la Ley General de Elecciones, medidas que incluyen, entre sus aspectos más relevantes, una reforma en la aplicación de la paridad horizontal al momento de elaborar las listas de candidatos.

Esta decisión, sustentada por la presidenta de la Comisión de Constitución del Parlamento, Martha Moyano (FP), emerge de tres propuestas legislativas originadas por el Jurado Nacional de Elecciones.

Esta normativa, que exigía que las candidaturas estuvieran compuestas en igual medida por mujeres y hombres, ha sido eliminada, lo que la cartera de Estado lamentó porque también “permitía que las féminas encabecen las listas, lo que les daba mayores oportunidades de resultar electas”.

La paridad vertical suponía que la ubicación de las candidaturas de mujeres y hombres se efectúe de manera alternada y secuencial en toda su extensión, de modo descendiente, tanto en cargos titulares como suplentes. En cambio, la paridad horizontal implicaba la participación equivalente de féminas y varones en los encabezamientos de las listas partidarias.

El Congreso también eliminó el artículo 104 de la Ley 26859, ley Orgánica de Elecciones. Este artículo señalaba que las planchas presidenciales de candidatos y candidatas a la presidencia y vicepresidencia debían estar compuestas de manera alternada entre hombres y mujeres. La nueva ley solo mantiene la obligatoriedad de tener por lo menos una mujer en las listas electorales a la presidencia.

Esta decisión fue aprobada en la Comisión de Constitución del Parlamento, liderada por la congresista de Fuerza Popular, Martha Moyano, para después ser aprobada en el Pleno del Congreso el mismo día.

Por su parte el líder del Movimiento Nacional Pro Familia Carlos Linares saludó dicha resolución.

"Saludo la eliminación de la llamada paridad es una ridiculez ideológica que sólo menoscaba la meritocracia". enfatizó.
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