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LIMA.- El Congreso de la República del Perú ha publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano la Ley N.° 32535 – Ley de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres, una norma histórica que fortalece el marco legal en materia de igualdad y equidad, reafirmando los principios fundamentales que protegen la dignidad, el bienestar y el desarrollo integral de todas las personas en nuestro país.

Esta nueva ley establece un marco normativo e institucional sólido, cuyo objetivo principal es garantizar que mujeres y hombres tengan las mismas oportunidades en todos los ámbitos de la vida pública, privada, laboral, educativa, política, social y cultural, eliminando cualquier forma de discriminación basada en el sexo. Asimismo, la ley promueve la participación activa y equitativa de ambos en la toma de decisiones y en el acceso a recursos, derechos y responsabilidades, asegurando la igualdad de trato y la inclusión efectiva en la sociedad.

Contexto y relevancia histórica La Ley N.° 32535 sustituye y actualiza el marco de la Ley N.° 28983, que regía desde 2007 en materia de igualdad de oportunidades. La nueva legislación incorpora un enfoque centrado en mujeres y hombres, dejando explícitamente de lado conceptos de “ideología de género” y promoviendo una visión que reconoce las diferencias biológicas y sociales sin comprometer la equidad de oportunidades.

Este avance legislativo representa un hito histórico para el Perú, ya que garantiza que las políticas públicas, programas sociales y acciones institucionales se diseñen y ejecuten con base en criterios de igualdad real y efectiva, promoviendo un país más justo y equilibrado.

Alcance y aplicación La ley es de aplicación general y alcanza a: Entidades públicas: Poder Ejecutivo, Legislativo, Judicial, gobiernos regionales y locales, organismos autónomos, entre otros.

Personas naturales y jurídicas privadas, en la medida en que sus actividades estén relacionadas con la igualdad de oportunidades.

Programas y políticas públicas, asegurando que cualquier acción que implique recursos o servicios sea diseñada para garantizar igualdad entre mujeres y hombres.

Asimismo, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables asume el rol de ente rector, coordinando con la Presidencia del Consejo de Ministros y los gobiernos regionales y locales la correcta implementación y supervisión de la norma. Las instituciones públicas tienen un año desde la entrada en vigencia para adecuar sus programas y políticas conforme a esta ley, asegurando su cumplimiento en todos los niveles del Estado.

Definición de discriminación y promoción de la igualdad La ley define la discriminación como toda distinción, exclusión o restricción basada en el sexo que impida el reconocimiento o ejercicio pleno de los derechos de las personas. En este sentido, la Ley N.° 32535 busca garantizar que tanto mujeres como hombres tengan igual acceso a educación, trabajo, participación política, servicios de salud y otros derechos fundamentales, reconociendo sus particularidades sin comprometer la equidad.

Compromiso del Estado y la sociedad civil La promulgación de esta ley refleja el compromiso del Estado peruano con la igualdad, la dignidad humana y la justicia social. Además, invita a la sociedad civil, organizaciones comunitarias y sector privado a implementar acciones concretas que fomenten la equidad y la inclusión, generando un impacto positivo en el desarrollo integral de la población.

Con la entrada en vigencia de la Ley N.° 32535, el Perú da un paso firme hacia un futuro donde la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres no solo sea un principio constitucional, sino una práctica real y efectiva en todos los ámbitos de la vida nacional. Firmas y promulgación.

La Ley N.° 32535 fue promulgada por el Presidente de la República, José Jerí, y cuenta con la suscripción de los vicepresidentes del Congreso, quienes participaron activamente en la discusión y aprobación de esta normativa en el pleno legislativo.

ESTADOS UNIDOS.- El estado de Florida evalúa y avanza en medidas legales orientadas a prohibir o restringir la asistencia de menores de edad a espectáculos drag, especialmente cuando estos contienen elementos considerados inapropiados para el público infantil.

Las autoridades estatales han señalado que el objetivo principal de estas disposiciones es proteger el interés superior del niño, garantizando que los menores no sean expuestos a contenidos de carácter sexualizado o que no correspondan a su etapa de desarrollo.

Desde diversos sectores se ha resaltado que esta iniciativa no busca criminalizar a personas adultas ni limitar expresiones culturales dirigidas a mayores de edad, sino establecer límites claros cuando se trata de la participación o presencia de niños en este tipo de eventos.

La medida ha generado debate a nivel nacional e internacional, reabriendo la discusión sobre el rol del Estado, la responsabilidad de los padres y la protección de la niñez, así como sobre los alcances de la libertad de expresión cuando entran en juego derechos fundamentales de los menores. Florida se suma así a otros estados que vienen revisando sus marcos normativos con el fin de priorizar la protección de la infancia y adolescencia, un principio reconocido en tratados internacionales y legislaciones comparadas.

BRASIL.- El reciente fallo judicial en Brasil ha generado preocupación en amplios sectores ciudadanos y defensores de la libertad de expresión, luego de que el diputado federal Nikolas Ferreira fuera condenado al pago de una indemnización por “daños morales” tras expresar públicamente que una persona biológicamente masculina, aunque se identifique como mujer, sigue siendo un hombre.

La sentencia, emitida por un tribunal brasileño, ordena al parlamentario el pago de 40 mil reales, al considerar que sus declaraciones constituyeron una ofensa a la identidad de género de una persona trans. El caso no se trata de un delito penal, sino de una sanción civil por presunto daño moral.

No obstante, el fallo ha sido presentado por diversos medios como si se tratara de un “crimen” llamar hombre a un hombre, lo cual no es exacto jurídicamente.

En Brasil no existe una ley que criminalice de forma general la expresión de opiniones basadas en la biología o la ciencia, sino que se trata de una interpretación judicial específica aplicada a este caso concreto. Este precedente judicial ha reavivado el debate sobre los límites entre la lucha contra la discriminación y la libertad de conciencia, pensamiento y expresión, especialmente cuando se sanciona a un representante electo por expresar una postura compartida por millones de ciudadanos. 

Diversos analistas advierten que este tipo de decisiones judiciales podrían abrir la puerta a la censura de opiniones legítimas, afectando el debate democrático y el derecho a expresar convicciones basadas en la ciencia, la fe o la razón. Desde distintos espacios se recuerda que la verdad biológica no puede ser anulada por resoluciones judiciales, y que sancionar opiniones constituye un serio riesgo para las libertades fundamentales en cualquier democracia.

San Juan, Puerto Rico — La gobernadora de Puerto Rico, Jenniffer González Colón, convirtió en ley una medida legislativa que reconoce al concebido no nacido (nasciturus) como persona natural dentro del ordenamiento jurídico del país, marcando un hito en la protección de la vida humana desde la concepción.

La nueva ley enmienda disposiciones del Código Civil de Puerto Rico, estableciendo que todo ser humano en gestación es sujeto de reconocimiento legal como persona natural, independientemente de la etapa del embarazo. Con esta decisión, Puerto Rico se suma a una tendencia regional e internacional que reafirma el valor intrínseco de la vida humana desde sus inicios.

Desde diversos sectores provida, la norma ha sido saludada como un avance histórico en la defensa del derecho fundamental a la vida, así como un reconocimiento explícito de la dignidad del ser humano antes de nacer.

Organizaciones civiles y líderes sociales han destacado que esta legislación fortalece el marco jurídico de protección a los más vulnerables. No obstante, la medida también ha generado debate público. Algunos gremios médicos y organizaciones de derechos reproductivos han expresado preocupación por los posibles alcances de la ley en la práctica clínica y en decisiones médicas complejas, por lo que el tema continuará siendo objeto de discusión en el ámbito social y legal.

La promulgación de esta ley reafirma el compromiso del Estado puertorriqueño con la vida y la familia, y abre un nuevo escenario de análisis jurídico y político sobre la protección del no nacido en la región.

ESTADOS UNIDOS.- Un reciente informe de PEN América, organización especializada en el monitoreo de la censura en el sistema educativo, revela que más de 2,000 libros con contenido vinculado a la agenda LGBT han sido retirados de escuelas públicas en los Estados Unidos, configurando uno de los procesos de restricción editorial más amplios de las últimas décadas.

De acuerdo con el documento, las prohibiciones se concentran en 23 estados y 87 distritos escolares, principalmente en Florida, Texas y Tennessee, donde autoridades educativas —en coordinación con asociaciones conservadoras y en sintonía con la actual administración federal— han impulsado políticas destinadas a limitar el acceso de estos títulos en aulas y bibliotecas escolares.

Entre las obras retiradas figuran The Lesbian’s Guide to Catholic School, la novela juvenil Aristóteles y Dante descubren los secretos del universo, así como la popular serie gráfica Heartstopper, entre otros textos dirigidos a niños y adolescentes. El informe también señala que en centros educativos adscritos al Departamento de Defensa, destinados a la formación de hijos de personal militar, se ordenó el retiro de hasta 596 libros, por disposiciones directas emanadas del Poder Ejecutivo.

Diversos analistas y organizaciones civiles advierten que, desde el retorno de Donald Trump al escenario político, se ha producido un giro significativo en las políticas públicas relacionadas con la diversidad sexual. Entre las medidas adoptadas se incluyen la derogación de normativas laborales contra la discriminación, la prohibición de tratamientos de transición de género en menores de edad y el recorte de fondos destinados a programas inclusivos en los sistemas de salud, educación y administración pública.

Este escenario ha reavivado el debate internacional sobre los límites de los contenidos educativos, la protección de la niñez y la adolescencia, y el rol del Estado en la formación de valores dentro del sistema escolar.