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ESTADOS UNIDOS.- Dos estudiantes de primaria de Washington están demandando a su escuela para poder crear un club de oración después de que la directora les negara la oportunidad de reunirse en el campus.

El grupo legal sin fines de lucro First Liberty Institute está representando a estos alumnos de Creekside Elementary y a sus padres, argumentando que la escuela está discriminando a los alumnos al impedirles formar un grupo de oración.

Los estudiantes L.A.W. y J.W. tienen amigos de diversas creencias religiosas y querían empezar un club de oración después de clases para unir a sus compañeros y realizar acciones comunitarias.

A pesar de las reuniones que L.A.W. y su madre tuvieron con la directora Amy Allison, esta afirmó que todos los fondos para los clubes escolares ya se habían asignado en octubre, por lo que el club de oración no sería posible.

Sin embargo, el personal escolar lanzó un club de Orgullo LGBTQ solo una semana antes de la reunión de L.A.W. con la directora. Allison sugirió que la única opción para el club de oración era que pagaran por el espacio como un grupo externo.

First Liberty Institute envió una carta en nombre de los estudiantes argumentando que las acciones de la directora eran ilegales y violaban tanto la Cláusula de Libre Ejercicio como la Cláusula de Libre Expresión.

«La sugerencia de la directora Allison de que L.A.W. podría solicitar y pagar el uso de las instalaciones de la escuela como si fuera una organización externa es una forma ilegal de eludir los requisitos de la ley. Como la Corte Suprema ha sostenido en repetidas ocasiones, los clubes religiosos deben tener el mismo reconocimiento, acceso y derechos que otros clubes no curriculares», dice la carta.

First Liberty ha establecido un plazo límite para que el Distrito Escolar de Issaquah y la Escuela Primaria Creekside aprueben el club de oración, argumentando que es un tema de gran importancia y que deben hacerlo antes del 22 de abril.

«Negar la formación de un club estudiantil religioso mientras se permiten otros clubes viola la Constitución», dijo Kayla Toney, abogada asociada de First Liberty Institute.

«Los funcionarios escolares de Creekside Elementary están incurriendo en discriminación religiosa contra una niña de once años que simplemente quiere orar, sentir el apoyo de otros amigos religiosos y hacer servicio comunitario. En el caso del entrenador Kennedy, a poca distancia en auto, en Bremerton, la Corte Suprema sostuvo que los estudiantes y el personal pueden orar en la escuela, y prohibirlo viola la Primera Enmienda», finalizó.

LIMA.- El sacerdote diocesano, Omar Sánchez, se pronunció sobre la eutanasia de Ana Estrada y advirtió que dicho caso habría transgredido la ley. Ello luego de que la activista accediera al mencionado procedimiento este domingo 21 de abril

Sostuvo que dicha intervención no solo va en contra de las enseñanzas de la Iglesia Católica, sino también en contra del Código Penal de nuestro país. Incluso, aseguró que dicha la vulnerada normativa está respaldada por la Constitución.

"Creo que se ha transgredido la ley, porque hay una ley muy clara en el Código Penal sobre este tema y unas leyes inferiores no pueden estar sobre una ley superior que, además, está respaldada por la Constitución", declaró para nuestro medio.

Si bien el sacerdote diocesano señaló que respeta la decisión de las personas, dejó en claro su rechazo hacia la eutanasia. De hecho, la calificó como un modo de suicidio.

En ese sentido, Omar Sánchez afirmó que, desde un punto de vista teológico, este tipo de procedimientos incurren en un pecado mortal, ya que uno decide quitarse la vida a sí mismo.

"No nos gusta enfrentar las palabras, queremos maquillarlo todo para que suene más bonito para que no nos golpee la conciencia. Eutanasia es un suicidio, una persona decide quitarse la vida. En la teoría, quien se suicida, comete un pecado mortal", agregó.

Del mismo modo, analizó el futuro de la eutanasia en nuestro país y expresó su preocupación por el uso que puede tener esta intervención en casos posteriores.

Ello debido a que considera que se está perdiendo el sentido de la vida y teme que menores de edad opten por este mismo proceso ante cuadros de depresión.

ARGENTINA.- La instrucción de la ministra de Seguridad de la Nación, Patricia Bullrich, de imponer orden sobre la Argentina abarca todos los aspectos. Y, desde hace poco, esto también se trasladó a la forma de vestir de los efectivos de la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA). A través de una normativa sancionada en febrero, se prohibió el uniforme no binario y la exhibición de tatuajes, entre otras cuestiones que intentan garantizar “respeto”, “seriedad” y, sobre todo, orden.

Se trata de la disposición N° 183/24 en la que se aprobó el “Reglamento Particular de Uniformes, Atributos, Distintivos y Condecoraciones del Personal de la PSA”, firmado por su director nacional, Alfredo Hernán Gallardo, para acatar los lineamientos del ministerio.

Esta normativa reemplaza y deja sin efecto la anterior: la disposición 437/21 que regía durante el mandato de la ex ministra de Seguridad, Sabina Frederic, en la gestión de Alberto Fernández. Aunque algunos aspectos sí se mantienen, serán “reglamentados”. Según advierten, significa una mejora porque “está todo normado”.

Sin embargo, existen cambios que sí marcan una diferencia. El más rotundo es la prohibición del uniforme no binario. Esto significa que el personal de seguridad femenino tiene su uniforme, mientras que el personal masculino tiene otro específico. Antes, se permitían ambas opciones para todos los efectivos y no existía control sobre ello. De este modo, quedaron establecidos distintos conjuntos para hombres y mujeres que son usados en las distintas tareas durante su función.

ARGENTINA.- El gobierno argentino ha anunciado el veto en toda la administración pública bajo el argumento de que «se ha utilizado como negocio de la política»

El gobierno presidido por Javier Milei ha anunciado un veto en toda la administración pública para la utilización del lenguaje inclusivo y la perspectiva de género, bajo el argumento de que «se ha utilizado como negocio de la política», sólo unas horas después de que el Ministerio de Defensa también confirmase una medida similar.

El portavoz presidencial, Manuel Adorni, ha explicado que la medida implicará que las administraciones no podrán utilizar el lenguaje de género neutro o símbolos como el arroba (@) o la 'X'. También se evitará «la innecesaria inclusión del femenino», ha afirmado el portavoz de Javier Milei ante los medios.

«El lenguaje que contempla a todos los sectores es el que utilizamos en la lengua castellana, es el español«, ha justificado Adorni, que no ve necesario introducir nuevas »estructuras« para dar cabida a otras sensibilidades.

El ministro de Defensa, Luis Petri, había establecido también el lunes «la obligatoriedad del idioma castellano, conforme a las normas de la Real Academia Española (RAE)». «El objetivo es eliminar formas incorrectas del lenguaje que pueden generar una interpretación errónea de lo que se desee disponer, afectando la ejecución de órdenes y el desarrollo de las operaciones militares», indicó el ministerio en un comunicado publicado.

LIMA.- El Congreso de la República promulgó modificaciones a la Ley de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres (Ley 28983) en lo que respecta al uso del lenguaje inclusivo en las entidades del sector público.

Estas constan en la ley 32003, publicada hoy en la separata de normas legales del Diario Oficial El Peruano.

La norma recién promulgada fue objeto de observación por parte del Poder Ejecutivo, pero el Parlamento Nacional insistió en su aprobación.

Modificación específica
Las modificaciones efectuadas se centran en el numeral 3 del artículo 4 de la Ley de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.

En dicha sección de la norma se dice ahora que “el uso de lenguaje inclusivo no implica el desdoblamiento del lenguaje para referirse a mujeres y hombres”.

Se precisa que el concepto de “desdoblamiento del lenguaje” consiste en “la mención por separado del género masculino y del género femenino”.

En tal sentido, se establece que no hay obligación de hacer dicha distinción “cuando exista un término genérico que ya incluya a ambos” géneros.