
Lima - La polémica en torno a la revocatoria de la alcaldesa de Lima, Susana Villarán, ha cobrado vigencia en estos últimos días luego de que el ciudadano, identificado como Luis Echevarría de la Cruz, intentara comprar un kit para reunir firmas con ese propósito y la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) le negara la venta.
El ente electoral se amparó en 2 resoluciones del 2003 y 2007 del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), que señalan claramente que el proceso de revocatoria de autoridades regionales y municipales se inicia un año después de iniciada su gestión, y "éste comprende el trámite de solicitudes de revocatoria, adquisición de listas de adherentes (kits) y comprobación de autenticidad de las firmas recolectadas".
La resolución señala que la revocatoria no procede durante el primer ni el último año del mandato de las autoridades citadas, "de conformidad con lo establecido en la Ley de Derechos de Participación y Control Ciudadanos 26300".
ARGUMENTOS LEGALES. Sin embargo, la interpretación del JNE que sirve a la ONPE como sustento legal para no vender el kit para la revocatoria, fue cuestionada por diversos juristas que consideran que este documento debería poder adquirirse por anticipado.
El abogado Natale Amprimo señaló que la interpretación del JNE es "inconstitucional porque recorta el derecho de solicitar la consulta de revocatoria el primer día del segundo año de gestión de una autoridad", como lo establece la Ley 26300, ya que en ese momento recién se estarían buscando las firmas para el proceso.
El letrado explicó que el principio jurídico "pro homine" establece que ante eventuales diferentes interpretaciones de un dispositivo legal -como en este caso- "se debe optar por la que conduzca a una mejor protección de los derechos fundamentales, descartando las que restrinjan o limiten su ejercicio".
"El derecho a solicitar la revocatoria -agregó- está considerado como derecho fundamental de la persona humana en el artículo 2, inciso 17, de la Constitución, por lo que la interpretación del JNE contraviene el principio pro homine", subrayó.
Con el argumento de Amprimo coincidió el reputado jurista Enrique Ghersi, pues manifestó que la interpretación del JNE es errónea, "porque si la ley establece que la revocatoria se lleva a cabo después de un año pero el kit no se vende antes, entonces el proceso no se realizará después de un año, sino de 2 o 3, que es el tiempo que tomará recolectar las firmas".
Consideró que los magistrados del JNE han hecho una "interpretación restrictiva" de la facultad de recabar firmas para solicitar el proceso de revocatoria, y esa interpretación no es compatible con la Constitución Política del Perú.
"El problema es que la ONPE se escuda en resoluciones del JNE para no vender el kit, y las resoluciones del JNE en materia electoral no son susceptibles de una acción de amparo", detalló.
Aún no hay respuesta de la ONPE
Luis Echevarría de la Cruz, el ciudadano que pretendió comprar el kit electoral para la revocatoria de la alcaldesa de Lima, Susana Villarán, señaló a este diario que no pertenece a ningún partido político y que su "única motivación es la mala gestión que la burgomaestre ha realizado hasta la fecha".
Detalló que hace unos días acudió nuevamente al local de la ONPE para que le dieran una respuesta oficial sobre la negativa de la institución a la venta del kit, pero aún no le han entregado ningún documento. "Dependiendo de la respuesta que me den, veré si apelo al JNE, porque están violando mis derechos ciudadanos", expresó.
Fuente: Correo
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