COLOMBIA.- En un concepto enviado a la Corte Constitucional, el procurador General Alejandro Ordóñez Maldonado solicitó que se mantenga tal cual el artículo 14 de la ley 1146 de 2007 que establece una cátedra de educación sexual para los estudiantes de educación media y superior en Colombia.

El jefe del Ministerio Público le solicitó al alto tribunal que no acepte las pretensiones de la demanda que busca que las instituciones educativas impartan estas clases a niños de preescolar y primaria. En la acción judicial se busca que aumentar espectro para dar dichas cátedras de educación sexual en los colegios.

En el concepto se indica que dar este tipo de educación a una edad tan temprana generaría una “curiosidad hacia conductas sexuales que aceleren de manera inconveniente el inicio sexual de los niños / niñas y adolescentes con el ya consabido riesgo de embarazos adolescentes y el contagio de enfermedades de transmisión sexual”.

En otras palabras, recibir esa educación podría motivarlos a iniciar su vida sexual a más temprana edad. Esto porque no cuentan con la madurez para comprender como se debe este tipo de educación. El caso, cuyo ponente es el magistrado Jorge Ignacio Pretelt Chaljub, será debatido en Sala Plena.

En la demanda, presentada por el colectivo Sin Embarazos en Adolescentes manifestó que dicha ley no incluyó a los niños que cursan educación preescolar y la básica primaria, hecho por el cual debe ser modificada y ampliada.

La ley establece mecanismos que “contribuyan a la identificación temprana, prevención, autocomprensión, detección y denuncia del abuso sexual”. En su concepto el Procurador General considera que las edades establecidas en las mismas son acordes.

El Espectador
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