LIMA.- El Pleno del Congreso votará este jueves la admisión del pedido de vacancia presidencial. Para la admisión del pedido se requiere el voto de por lo menos el cuarenta por ciento de congresistas hábiles.

La sesión plenaria, que será conducida por el presidente Luis Galarreta Velarde, está convocada para las 9 de la mañana en el Hemiciclo.

De acuerdo a lo establecido en la Constitución Política y el Reglamento del Congreso, el Pleno votará mañana la admisión del pedido de vacancia al Presidente de la República, Pedro Pablo Kuczynski, por permanente incapacidad moral, formulada mediante la Moción de orden del día N° 5295, suscrita por cuatro bancadas.

La sesión plenaria, que será conducida por el presidente Luis Galarreta Velarde, está convocada para las 9 de la mañana en el Hemiciclo. En la agenda también figura el debate sobre otros temas de interés nacional.

Respecto a la moción de vacancia al Presidente de la República, el inciso b) artículo 89-A del Reglamento del Congreso señala que “para la admisión del pedido de vacancia se requiere el voto de por lo menos el cuarenta por ciento de congresistas hábiles" (de los que se encuentran presentes en ese momento).

Cabe recordar que en diciembre del año pasado, el Pleno del Congreso aprobó, con 93 votos a favor, 17 en contra y ninguna abstención, la primera moción de vacancia contra el presidente Kuczynski (PPK) por "permanente incapacidad moral". Esto luego de que se conociera que la empresa brasileña Odebrecht realizó pagos por 782 mil dólares a su empresa personal Westfield Capital, entre 2004 y 2007.

De aprobarse la segunda moción, el inciso c) del mismo artículo del Reglamento señala que “el Pleno del Congreso acuerda día y hora para el debate y votación del pedido de vacancia, sesión que no puede realizarse antes del tercer día siguiente a la votación de la admisión del pedido ni después del décimo”.

La disposición señala que este plazo puede variar: “salvo que cuatro quintas partes del número legal de Congresistas acuerden un plazo menor o su debate y votación inmediata. Si fuera necesario se cita, para este efecto, a una sesión especial”.

También se establece que en la sesión de debate “el Presidente de la República cuya vacancia es materia del pedido puede ejercer personalmente su derecho de defensa o ser asistido por letrado, hasta por sesenta minutos”.

Para la aprobación de la vacancia se requiere una votación calificada no menor a los dos tercios del número legal de miembros del Congreso; es decir, 87 votos.

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