MEXICO.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) anuló el mandamiento constitucional que requiere la mayoría de edad para solicitar un cambio de género en el acta de nacimiento por considerarlo un acto "discriminatorio".

La primer ministra Yasmin Esquivel Mossa, redactó la sentencia y propuso a la Corte invalidar el artículo 875 del Código Civil de Puebla, según ella, viola el derecho al libre desarrollo de la personalidad en perjuicio de la infancia y la adolescencia.

Por su parte, según el ministro Arturo Zaldívar dijo que los niños y las niñas trans, tienen altas probabilidades de sufrir discriminación en las escuelas y cualquier otro círculo social, incluso en sus propios hogares, en donde los padres rechazan su cambio de género y en ciertos casos son internados en campamentos o centros que curan enfermedades de identidad de género y orientación sexual.

Luego el ministro dramatizó ‘Para muchos, la identidad de género es una experiencia tan sencilla como respirar, para las personas trans, en cambio, ser ellas mismas representa un desafío mayúsculo’, declaró Zaldívar durante la sesión en la Corte.

La iniciativa fue promovida también por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), aduciendo por excluir a las personas que se encuentran fuera de ese rango de edad de acceder al procedimiento de cambio de género, degradando el derecho a la igualdad y no discriminación de las infancias.

Esta nueva resolución tendrá que ser aceptada por los jueces de todas las entidades de la República, y de no ser así, según la sentencia el menor podrá solicitar un amparo que se sostenga de dicha resolución.
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