LIMA.- Según ha precisado la magistrada del Tribunal Constitucional (TC), Luz Pacheco, es incorrecto afirmar que el Tribunal haya aceptado o legalizado la maternidad subrogada en el Perú, a raíz de una reciente sentencia que ha sido objeto de interpretaciones erróneas en la opinión pública.

La magistrada explicó que el fallo corresponde a un caso concreto y excepcional, referido a un matrimonio en el que ninguno de los cónyuges podía tener hijos. En el proceso se alegó que se recurrió a material genético de terceros y que una familiar de la esposa habría gestado al bebé de manera gratuita. Sin embargo, durante el análisis del caso, no se logró acreditar con claridad el origen biológico de la menor, ni la intervención de una clínica de reproducción asistida, la cual negó haber participado en el procedimiento.

Luz Pacheco precisó que lo único plenamente comprobado en el expediente fue la existencia de un acuerdo privado de “alquiler de útero”, figura que —según señaló— implica una grave cosificación de la mujer, al tratarla como un medio y no como una persona con dignidad y derechos. Asimismo, recordó que los derechos y deberes derivados de la patria potestad son irrenunciables, por lo que no pueden ser válidamente cedidos mediante acuerdos privados, conforme a la Constitución y al Código Civil.

Respecto a la votación, la magistrada indicó que no existió mayoría para reconocer la maternidad subrogada. Tres magistrados sostuvieron que la denominada “voluntad procreacional” sería suficiente para establecer un vínculo filial; sin embargo, cuatro magistrados no compartieron esa posición. El voto decisivo se sustentó exclusivamente en el interés superior de la niña, quien había convivido cerca de siete años con el matrimonio, permitiendo de manera excepcional el cambio del apellido materno, sin validar ni reconocer la maternidad subrogada. La magistrada Luz Pacheco fue enfática en señalar que esta sentencia no constituye precedente, ya que el propio Tribunal reconoce la falta de claridad sobre las circunstancias del nacimiento de la menor. 

Además, precisó que el TC cuenta con otros casos en evaluación, en los que el tema será abordado de manera directa y específica. Finalmente, recordó que informes recientes de Relatorías Especiales de las Naciones Unidas han advertido sobre los riesgos y vulneraciones de derechos que implica la maternidad subrogada, llegando incluso a proponer su abolición universal, por afectar la dignidad de la mujer y los derechos del niño.

En consecuencia, reiteró que el Tribunal Constitucional no ha aceptado la maternidad subrogada, y que lo aprobado en este caso fue únicamente una medida puntual relacionada con el apellido de una menor, en atención a su estabilidad emocional y familiar.
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