MEXICO.- Como “inconstitucional” declaró la Suprema Corte el sistema jurídico que penaliza el aborto en el ámbito nacional.

Según el fallo del máximo tribunal constitucional, tipificar como delito la interrupción voluntaria del embarazo-como lo establece el Código Penal-viola los derechos humanos de las mujeres. Por tanto, la Corte declaró que la sección de la ley nacional que lo sanciona debe ser anulada.

El veredicto se da como respuesta a un amparo presentado por el Grupo de Información para la Reproducción Elegida (GIRE) y otras organizaciones sobre los artículos 330 al 334 del Código Penal Federal, que castigaban con penas de prisión la práctica de abortos voluntarios.

Además, la decisión unánime de los once jueces que integran el tribunal significa que las instituciones de salud pública, como el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) o el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), deberán otorgar el servicio de forma gratuita a cualquiera que lo solicite, remarcó GIRE.

"Ninguna mujer o persona embarazada, ni ningún trabajador de la salud podrá ser castigado por abortar", afirmó la ONG en un comunicado.

Ahora, los jueces de las regiones que todavía penalizan el procedimiento tendrán que tener en cuenta el fallo del tribunal superior.

Aunque la capital del país despenalizó el aborto hace 15 años, en algunos estados todavía es considerado ilegal.

El pronunciamiento de este 6 de septiembre llega dos años después de que la Corte dictaminara que el aborto no constituía un delito en el estado de Coahuila, en el norte del país.

El fallo que ahora aplica para todo el territorio mexicano se produce en momentos en que algunas naciones de América Latina flexibilizan las restricciones del aborto. Países como Colombia, Argentina, Uruguay y Cuba lo han legalizado.
Axact

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