REPÚBLICA DOMINICANA.- 132 votos a favor y sólo 6 en contra. Ese fue el resultado en la votación de los diputados que dio vía libre a un nuevo Código Penal para República Dominicana.

Aunque en la práctica el aborto estaba prohibido en la isla, ahora además estará castigado con penas de dos a tres años para la mujer y aquella persona que le ayude a interrumpir el embarazo. Los profesionales de la salud que colaboren serán condenado a una pena de entre cuatro y diez años de prisión.

Esta es la confirmación del triunfo de los sectores conservadores del país que lograron que el Tribunal Constitucional (TC) declarara inconstitucional el Código Penal aprobado en diciembre de 2014 y que incluía cuatro artículos (107,108,109 y 110) que despenalizaba en casos excepcionales la interrupción del embarazo. La sentencia del TC, tras la acción interpuesta por la Fundación Justicia y Transparencia (FJT), la Fundación Transparencia y Democracia y la Fundación Matrimonio Feliz, dejó a Dominicana con el Código Penal de 1884 y ahora los diputados aprueban en trámite de urgencia este nuevo Código que criminaliza todas las formas de aborto.

El Código Penal suspendido señalaba en sus artículos 107, 108 y 109 las penas para las mujeres que abortaran o para las personas que les ayudaran pero introducía en el artículo 110 tres eximentes que quedaban a expensas de una ley especial que nunca fue desarrollada: "La interrupción del embarazo por causa de violación, incesto o por malformaciones del embrión incompatible con la vida clínicamente comprobada, estarán sujetos a los requisitos y protocolos que se establezcan mediante ley especial".

Lo que han hecho ahora los diputados es eliminar el artículo 110 y dejar todo lo demás igual. De este modo, Dominicana respeta la vida del concebido.
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