COLOMBIA.- El notario y expresidente de la Unión Colegiada de Notarios aseguró que no se puede estar prohibiendo el matrimonio infantil, y por otro lado, se les permite a los niños tomar estas decisiones trascendentales para su vida.

La ministra de Justicia, Ángela María Buitrago, se refirió al borrador del proyecto de ley que permitiría que menores de edad, entre los siete y 17 años, accedan al cambio de género en documentos oficiales. Asimismo, el proyecto buscaría que se amplíe la clasificación de los géneros.

Es en cumplimiento de una ley y de la integración que significa trabajar sobre la base de la autorización para que el registro haga los cambios pertinentes a la población no binaria o a la población trans. Esto lleva no solo al cumplimiento de la ley sino el cumplimiento de un marco convencional que obliga a reconocer su propia identidad”, indicó la ministra de Justicia.

Al respecto, el notario y expresidente de la Unión Colegiada de Notarios Álvaro Rojas, indicó que de convertirse en ley, este proyecto podría pasar por encima de las decisiones de los familiares o acudientes del menor, lo que “rompería el principio de representación legal”. 

El notario y expresidente de la Unión Colegiada de Notarios aseguró que no se puede estar prohibiendo el matrimonio infantil, si, por otro lado, se les permite a los niños tomar estas decisiones trascendentales para su vida.


Al respecto, el notario y expresidente de la Unión Colegiada de Notarios Álvaro Rojas, indicó que de convertirse en ley, este proyecto podría pasar por encima de las decisiones de los familiares o acudientes del menor, lo que “rompería el principio de representación legal”.

Asimismo, expresó que los notarios no se podrían oponer a la solicitud que haga un menor sobre su decisión salvo que haya una “excepción de manifiesta inconstitucionalidad o violación manifiesta de la ley, no como objeción de conciencia, porque en el sistema notarial no cabe”, expuso a Blu Radio.

Para el notario, aunque la propuesta tiene “buenas intenciones”, en la praxis no resulta del todo conveniente, según él, porque siendo menores de edad aún no cuentan con capacidad de decisión, por lo que al realizar el trámite ya no habrá vuelta de hoja.

Los menores entre siete y 17 años accederían a este "beneficio", de ser aprobado en el Congreso - crédito Asociación de Especialistas Certificados en Delitos Financieros. 

Asimismo, expresó que los notarios no se podrían oponer a la solicitud que haga un menor sobre su decisión salvo que haya una “excepción de manifiesta inconstitucionalidad o violación manifiesta de la ley, no como objeción de conciencia, porque en el sistema notarial no cabe”, expuso a Blu Radio.

“Recordemos que la función notarial es reglada. Si a uno le dice la norma ‘tiene que hacerlo’, los notarios tenemos que hacerlo. Por ejemplo, cuando la honorable Corte Constitucional definió el matrimonio igualitario de personas del mismo sexo, ya era una orden judicial y en un estado social de derecho los notarios tenemos que acatarla, pero en este caso, que a uno le llegue el menor a través de un tercero y que el funcionario del Estado diga ‘sí, le autorizo el cambio del sexo, ojo, no corrección, es el cambio del sexo, se tiene que hacer”, complementó en la entrevista.

Para el notario, aunque la propuesta tiene “buenas intenciones”, en la praxis no resulta del todo conveniente, según él, porque siendo menores de edad aún no cuentan con capacidad de decisión, por lo que al realizar el trámite ya no habrá vuelta de hoja.

“No se cumple con unos elementos esenciales para la validez de cualquier contrato, como es la voluntad, la capacidad plena para tomar una decisión de esa magnitud. Entonces, un niño póngale siete, ocho, nueve, diez años, en mi entender, no está en la capacidad ni en la madurez mental ni personal ni decisión para decir cámbieme el sexo. Entonces eso es complicado”, recalcó al medio de comunicación.

Rojas enfatizó en que “es incoherente” que el Estado, en pro de proteger los derechos de los niños, prohíba el matrimonio infantil, pero, a su vez, se les permita que tomen una decisión que acompañará por el resto de su vida. “Se propone protección de los menores y adolescentes en que no pueden realizar matrimonio los niños, pero ahora tomar una decisión tan trascendental donde no se cumple con unos elementos esenciales para la validez de cualquier contrato”, expuso textualmente.
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