LIMA.- La Coalición Internacional Pro Familia (Ciprofam), por medio del pastor José Linares Cerón, advirtió que organizaciones financiadas desde el extranjero pretenden presionar a congresistas de la Comisión de Justicia para que aprueben un proyecto de ley que, con el pretexto de castigar los “crímenes de odio”, otorgaría una situación de privilegio a los homosexuales frente a quienes no comparten sus tendencias carnales.

La exposición de motivos de la propuesta señala que se protegería a determinadas minorías incorporando como agravante a la comisión de un crimen al presunto “odio” del agente, lo cual consideró innecesario, ya que no añade un nuevo tipo penal a los homicidios, agresiones y hurtos.

“Ya están establecidos como delitos en el Código Penal. Además se altera la configuración de los elementos subjetivos del tipo introduciendo un nuevo elemento. Lo que es más grave, dicha iniciativa constituiría una violación de los derechos fundamentales a la igualdad ante la ley y a la libertad de expresión reconocidos en la Constitución”, sostuvo.

Sin argumentos
Linares señala que se hace referencia a “innumerables actos de violencia en la sociedad peruana (…) teniendo como una única motivación el considerar a la víctima como «diferente»”; pero no señala cuál es la fuente de esta información, ni una estadística concreta de éstos o de que estén siendo desatendidos por parte de la Policía Nacional, el Ministerio Público o el Poder Judicial.

“Nuestro ordenamiento jurídico constitucional y legal establece ya un amplio y detallado marco de protección de los derechos fundamentales de todas las personas, y nuestras leyes castigan ya las acciones delictivas concretas contra cualquier persona y que resulten de cualquier motivación, incluyendo el rechazo, animadversión u odio hacia la víctima. El Código Penal ya contempla como agravantes concretos la ferocidad, el placer o la gran crueldad empleada”, agregó.

Si bien el proyecto precisa que el odio se entiende como desprecio a la raza, etnia, ideología, religión, o alguna enfermedad o discapacidad, orientación o identidad sexual de la víctima, el representante de Ciprofam indicó que se pretende caracterizar agravantes en base a las ideas o sentimientos del agente, es decir un elemento altamente subjetivo.

Castigo por opinar
“La norma propuesta viola los derechos fundamentales a la libertad de conciencia y a la igualdad ante la ley. El Estado de Derecho, aun cuando lamente la existencia de concepciones intolerantes o ideas incompatibles con una vida sana en sociedad, no puede castigar las opiniones en sí”, indicó.

Por tanto, si se aumentase la pena en base a las ideas o sentimientos del agente (o a la interpretación que se haga de ellos), se estaría violando la Constitución, puesto que se perseguiría una idea o creencia.

Como si fuera poco, en aquellos casos en que dichas leyes incluían la “orientación o identidad sexual” como categoría protegida, han sido usadas para sancionar a aquellas personas que mantienen opiniones morales tradicionales acerca de la homosexualidad y la familia.

“Un caso espantoso es el “Filadelfia 11’’. Once cristianos católicos fueron arrestados en Filadelfia por persignarse y predicar en un parque público en un festival homosexual local. Cinco de ellos fueron llevados y acusados por crímenes basados en la ley de Crímenes de Odio de Pensilvania y que podrían haber sido condenados hasta por 47 años en prisión”, alertó Linares.

Fuente: La Razón
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