LIMA.- Mañana Gana Perú y Perú Posible, integrantes de la comisión evaluadora del Congreso para los candidatos a la Defensoría, el TC y el BCR, presentarán la lista con la que buscan imponer a Fausto Alvarado como candidato a Defensor del Pueblo. Sin embargo, según ha trascendido, aunque tienen la complacencia de Alianza por el Gran Cambio, Acción Popular y un sector del fujimorismo, el chakano es visto aún con reticencia.

Solidaridad Nacional, Concertación Parlamentaria y una facción de Fuerza Popular, encabezada por Héctor Becerril, objetan que el exministro de Justicia de Alejandro Toledo no ofrezca una gestión que garantice independencia.

Justamente, Becerril recordó que durante la gestión de Alvarado como ministro de Justicia, en el gobierno de Toledo, se emitió el cuestionado Decreto Legislativo 927, a través del cual centenares de terroristas lograran su libertad gracias a los beneficios penitenciarios que obtuvieron.

Becerril precisó que su agrupación esperará que el Gobierno "entienda qué significaría tener a alguien que liberó terroristas en la Defensoría".

¿Tendrán en cuenta el resto de grupos políticos este aspecto sensible del pasado de Alvarado o es necesario que se los recuerden?

EL CASO LORI. Hace menos de dos semanas, la terrorista Lori Berenson asestó un duro golpe al Estado peruano, al lograr que el Tribunal Constitucional denegara un pedido para que la integrante del MRTA regrese a cumplir carcelería por habérsele aplicado mal el Decreto Legislativo 927.

Y es que como se recuerda, Berenson Mejía, junto a otros 500 terroristas, pudieron acogerse a los beneficios que ofrecía el DL 927 promulgado en el 2003 por el entonces ministro de Justicia Fausto Alvarado, y que estuvo vigente hasta el año 2010.

Según cifras de la Procuraduría Antiterrorismo, el mayor número de liberaciones gracias a ese decreto se dio el 2003 y 2004 con un total de 225 casos.

Sin embargo, la proyección final estima que unos 500 subversivos le sacaron el jugo a ese decreto para ganar su libertad y, en muchos casos, volver a las andadas. Pero, ¿cómo fue que de tener un sistema penitenciario que no ofrecía beneficios para terroristas pasamos a tener un sistema blandengue?

Todo nació con el fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte-IDH) que ordenó adecuar la legislación antiterrorista. La Corte IDH pretendía que se ponga fin a los juzgamientos de personas civiles en fueros militares.

Esta era la materia sobre lo que debía legislarse y así también quedó establecido en la sentencia 010-2002-AI/TC del Tribunal Constitucional sobre beneficios para terroristas. Pero en ninguno de los casos se hablaba de beneficios penitenciarios.

Sin embargo, el entonces presidente Alejandro Toledo y su ministro Alvarado emitieron el DL 927, que permitía a los terroristas acceder a la semilibertad tras haber cumplido las 3/4 partes de su condena.

Además, les permitía cambiar siete días (de trabajo o estudio) a cambio de un día de la redención de la pena.

Y, si bien es cierto que dichas reformas a favor de los sentenciados por terrorismo fueron elaboradas por una comisión de alto nivel y multipartidaria (Poder Judicial, FF.AA., Ministerio Público y juristas), también es cierto que Toledo y Alvarado Dodero debieron evaluar si era prudente ponerlas en vigencia.

En conversación con Correo, Alvarado indicó que el Decreto Legislativo 927, suscrito por Toledo y él en 2003, se emitió "sin ningún cuestionamiento hace 7 años" y que, lejos de encontrar objeciones, "contó con toda la aprobación de todos los sectores del Estado".

"Pasó el control parlamentario y el dispositivo fue dado por una comisión que el Congreso estableció y aprobado por el Consejo de Ministros", dijo ante los cuestionamientos que hoy encuentra en su nominación a la Defensoría.

"En el decreto participaron todos los miembros del Estado, los tres poderes del Estado, las Fuerzas Armadas, todos ellos", enfatizó el chakano.

TAMBIÉN LO DEFIENDE. Al respecto, Aníbal Apari, exsentenciado por terrorismo y exesposo de la emerretista Lori Berenson, también se pronunció a favor del DL 927 asegurando que aprovecharon esta ley, porque "era la ley vigente".

"Su derogatoria tuvo un fundamento jalado de los pelos, porque se le atribuía que todas las personas encarceladas por ese delito (terrorismo), y que eran liberadas, eran responsables de lo que ocurría en el VRAEM, cosa que nunca se probó y se limitaba este recurso a personas que luego de muchos años querían alcanzar la libertad al ser un derecho ganado", dijo.

Asimismo, aseveró que la aplicación del DL 927 en el caso de Berenson fue expedido de acuerdo a ley.

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