
Las solicitudes fueron presentadas el 11 de abril y el 17 de mayo, para las modalidades de participación ciudadana denominadas “iniciativa legislativa” (Exp. 2013-4911) y “reforma vía referéndum” (Exp. 2013-6812), respectivamente, con el objeto de que los ciudadanos tuvieran la oportunidad de optar su respaldo por una o por ambas modalidades al momento en que fuera solicitada su firma de adhesión. Para la primera es suficiente reunir un mínimo de 70 mil firmas y para la segunda, dos millones.
Pese a que inicialmente la ONPE comunicó al promotor por escrito en el trámite del Exp. 2013-6812, de que se le entregaría el formato para recoger las firmas con la sumilla “REFORMA PARCIAL DE LA CONSTITUCIONAL VIA REFERERENDUM PARA LA REVOCATORIA DE CONGRESISTAS” y el nombre del “PROMOTOR: MARCO TULIO GUTIERREZ MARTINEZ”, sin embargo, hace unos días, le fue negada la entrega del planillón con dicha información, basados en una comunicación posterior referida al Exp. 2013-4911 en donde una funcionaria, sin opinión de la oficina jurídica de dicha entidad, ha resuelto limitar la información que deben tener los ciudadanos al momento de firmar su adhesión.
En el colmo del absurdo argumenta que el formato no contempla “un campo específico” para consignar el nombre de quienes promueven la iniciativa y para darle cierto viso de validez a su decisión, menciona la Resolución Jefatural N° 277-2002-J/ONPE “mediante la cual se aprueba la Directiva General para el efecto”. Lo extraño es que se trata de una norma clandestina, pues no aparece su texto ni en el Compendio Electoral-Kit Electoral, Compendio Electoral Peruano ni en el Portal Web de dicha entidad.
Sin embargo, es por todos conocido que el formato del planillón que entrega la ONPE es el mismo, sea para cualquier tipo de iniciativa ciudadana o para consignar firmas de adherentes a movimientos vecinales u organizaciones políticas. Por consiguiente es falso que para el caso de las iniciativas legislativas o de referéndum no exista en el formato un campo específico. En todos los procesos de revocatoria habidos hasta este año, la ONPE ha registrado el nombre del promotor de la iniciativa inmediatamente después del título del formato como uno de los elementos consustanciales al derecho que tienen los ciudadanos a saber quién es la persona que la está impulsando, dado que pueden ser presentadas sin limitación alguna diversas solicitudes en el mismo sentido.
En el proceso de revocatoria 2012-2013, de las 1,223 circunscripciones para las que se compraron planillones, en 547 había más de un promotor, y hasta hubo un distrito con doce planillones y una región con once, promoviendo la revocatoria de las mismas autoridades.
Marco Tulio Gutiérrez señaló “En el caso de Lima tuvimos que hacer una amplia campaña del Comité Pro Revocatoria de las Autoridades Metropolitanas para que el millón y medio de firmas obtenido fueran consignados en solamente uno de los ocho planillones en los que se podía consignar la firma y poder acumular el mínimo de firmas requerido por ley. Esta situación es mucho más delicada pues se requiere reunir el mínimo de 2 millones de firmas, por lo que no sería extraño que aparezcan otras solicitudes en similar sentido de revocatoria de congresistas con el objeto de confundir a los ciudadanos por la ausencia del nombre de los promotores, tratando de evitar que se logre la meta de que el pueblo ejerza su derecho a decidir democráticamente en un referéndum si los corruptos y los incapaces deban o no ser revocados” acotó Gutiérrez.
Y agregó Gutiérrez “Lo extraño de esta ilegal actitud de ONPE es que se produce inmediatamente después de que anunciáramos ya como Colectivo PROPUESTA DEMOCRÁTICA quien adicionalmente a la propuesta de la revocatoria de congresistas , presentaríamos solicitudes de planillones para lograr la elección popular del Defensor del Pueblo y Miembros del TC, democratizar la elección de los congresistas y establecer la obligación de presentar rendición de cuentas, la elección directa de regidores y la democratización de los gobiernos locales, y la obligación de las autoridades regionales de rendir cuentas al pueblo. Es decir, un paquete de propuestas democráticas al que hemos denominado "Primera Reforma Popular del Sistema Político", que debemos emprender los ciudadanos ante la incapacidad de los congresistas de hacerlo como parte de sus obligaciones por las que bien se les paga”.
“Hemos interpuesto este viernes la impugnación en la ONPE, habiéndose consignado en el recurso correspondiente que dada la gravedad de este acto que limita el ejercicio de un derecho que la Constitución garantiza, lo ocurrido ha dado lugar a la denuncia ante el Consejo Nacional de la Magistratura por inconducta funcional contra el Jefe de ONPE Mariano Cucho, lo que se materializó la mañana de hoy al mediodía”.
El Colectivo PROPUESTA DEMOCRÁTICA integrado por los promotores de la consulta popular de revocatoria de Lima y de las organizaciones de base que se han adherido, -en reunión sostenida en la fecha-, anunciaron que no aceptaran de la ONPE ningún formato de planillón que no sea el que corresponde al derecho que tienen los ciudadanos a saber quiénes son los que impulsan el recojo de firmas y emprenderán todas las acciones legales y de movilización popular, inclusive, que sean necesarias para evitar que prosperen impúnemente las maniobras destinadas a torpedear que logremos acumular los millones de firmas que se requieren para que el pueblo a través de un referéndum pueda lograr que los congresistas corruptos e incapaces sean llevados a consulta popular de revocatoria.
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