LIMA.- Como está ocurriendo en muchos países, el avance totalitario de la Ideología de Género ha iniciado un ataque feroz en nuestro país con el gobierno de Kuczynski, promoviendo intereses que coincidentemente persiguen también PROMSEX y otros organismos feministas y de izquierda.

En plenas “coordinaciones” de transferencia de funciones, se emitió el DS 006-2016-JUS y la RM 525-2016-MINSA, el primero dedicado a cercenar el derecho de objeción de conciencia; y, el segundo destinado a que menores accedan a métodos anticonceptivos, ambas normas con visos de ilegalidad o inconstitucionalidad.

En el primero de los casos, el Derecho de Objeción de Conciencia prácticamente se deroga, dado que debe ser ejercido “siempre que no atente contra los derechos fundamentales”; es decir, no se puede ejercer nunca.

Y es que la objeción de conciencia siempre encuentra al frente la alegación de otro derecho como el caso del panadero que se niega a preparar la torta de bodas a una pareja homosexual, o del médico que se niega a practicar el crimen del aborto, o el funcionario que se rehúsa a casar una pareja homosexual o el médico que se rehúsa a aplicar la eutanasia, o recetar anticonceptivos a menores de edad. Muchos de estos casos han sido discutidos en tribunales extranjeros y se ha invocado en ellos precisamente el Derecho de Objeción de Conciencia. Por ello, cuando el reglamento indica que el ejercicio de este derecho no debe atentar contra otros derechos, está derogando el Derecho que pretende regular, distorsionando la Ley de Libertad Religiosa y la libertad de conciencia y religión protegidas por el numeral 3) del artículo 2º de la Constitución. Se elude al Congreso para imponer un anticlericalismo que vulnera el derecho de los creyentes.

Un día antes de culminar el gobierno anterior, mediante Resolución Ministerial 525-2016-MINSA se estableció como “concepto técnico” que “La utilización de métodos anticonceptivos temporales que conforman actividades de planificación familiar, no constituyen tratamientos médicos.” No hay que engañarse, esta norma no tiene la finalidad de facilitar el acceso de mayores de edad a la obtención de métodos anticonceptivos. El propósito de esta norma no es otro que permitir el acceso de menores de edad a estos métodos anticonceptivos. Antes el artículo 4º de la Ley de Salud requería el consentimiento de los padres para todo tratamiento (lo que generaba la necesidad del consentimiento de los padres para cualquier tratamiento hormonal o insertos anticonceptivos en los cuerpos de sus niños), pero nuevamente, en vez de acudir al Congreso y modificar la norma, utilizan mecanismos infra legales para cambiar conceptos “técnicos” y modificar implícitamente una Ley. Otros de los mecanismos de ataque a los derechos de los creyentes, son los mecanismos judiciales, donde PROMSEX viene tratando de callar las opiniones contrarias. El primer caso fue contra el Pastor Evangélico Alberto Santana, a quien se le denunció de un inexistente “discurso que incita a la discriminación”; ello, por una prédica en relación a lo que él consideraba moralmente reprobable como los actos homosexuales, prédica dada ante un auditorio de personas evangélicas, por suerte, esta denuncia fue rechazada de plano por la Fiscalía. Luego PROMSEX ha demandado ante un Juzgado Constitucional a ACIPRENSA para que no vuelva a referirse en sus medios como “abortista” a la principal promotora del aborto en el país, es decir, a la propia PROMSEX.

Para terminar - de momento -, esta misma ONG financiada, entre otros, por el emporio abortista Planned Parenthood, ha impulsado el Proceso Judicial para que se ordene al activista Ministerio de Salud reparta a nivel nacional y de manera gratuita la denominada “Píldora del Día Siguiente”; en un proceso donde demandante y demandado desean lo mismo y hasta la fecha el Juzgado niega su intervención como parte a cualquier mujer u organización que tenga un parecer contrario, generándose un Proceso Irregular que raya lo grotesco.

Si hasta lo dicho, la realidad en el Perú ya parece alarmante, no debe olvidarse que el Ministerio de Educación viene promoviendo abiertamente la ideología de género. Como se observa en la Currícula que viene actualizándose en su web, y dispone como objetivo curricular que menores deban aprender que sexo y género son diferentes y que su imagen e IDENTIDAD SEXUAL Y DE GENERO SE CONSTRUYE MEDIANTE LA EXPLORACION DE SU CUERPO.

Esta educación viola claramente el derecho de los padres a educar a sus hijos dado que este objetivo utiliza una técnica transversal, es decir, se logra insertándolo en todos los cursos, no en uno solo, lo que por lo menos brindaría el derecho a los progenitores a solicitar que no se dicte dicho curso a sus hijos. Nuevamente se vulneran los derechos de los creyentes, y otra vez sorteando al Congreso.

Este es el panorama actual del Perú, donde las minorías gobiernan a las mayorías, no a través de los mecanismos regulares, sino mediante mecanismos infra legales y bastante leguleyada.

Cuando el concepto de protección a las minorías se diseñó, fue con el propósito que la democracia no traspasara los límites impuestos por los derechos fundamentales. No deja de ser una ironía que estos mecanismos de protección se utilicen hoy para que estas minorías si pisoteen los derechos de las mayorías. Derechos como la libertad de conciencia, de religión, de expresión y de un juicio justo son elementos básicos que una sociedad que se dice plural debe proteger.

Juan Carlos Puertas Figallo La Abeja.pe
Axact

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