LIMA.- En declaraciones exclusivas emitidas el día de ayer, para el programa: "Cabildo Comunal", que conduce nuestra colaboradora MARIELA BIANCHI en Radio Miraflores, a quien le agradecemos por compartir con los lectores de LA ABEJA esta transcripción, el abogado de Padres en Acción: Dr. Justo Balmaceda, hizo un detallado análisis acerca de las implicancias correspondientes al contenido de esta sentencia, señalando lo siguiente:

1. Que no hay una comunicación oficial efectuada a Padres en Acción, con respecto al voto singular emitido por el Juez Cartolín, por lo que lo que, lo que está colgado - publicado en la página web del Poder Judicial-, puede ser exacto o no.

2. En el supuesto caso de que el contenido sea exacto por los comentarios que han comenzado a circular, se declara Infundada la demanda, sin embargo, en la siguiente parte, es decir, en la parte resolutiva de este voto, es bastante peculiar porque comparte con la jueza suprema, una nueva interpretación. Es una sentencia interpretativa, diametralmente opuesta, porque aquí sí se está diciendo que el enfoque de género puede ser viable, siempre y cuando se excluya la característica de la identidad de género. Por lo tanto, es positivo, porque es lo que hemos venido diciendo los Padres en Acción, porque justamente el concepto de identidad de género, es el ideologizado.

3. El párrafo que se observó en la primera instancia, que hablaba de la construcción social, es la descripción exacta de lo que implica la identidad de género. Por lo tanto, al haberse anulado en la primera instancia, ese párrafo, se estaba anulando directamente la frase de la identidad de género. Por lo tanto, ahora el juez Cartolín lo está diciendo expresa y directamente, que el enfoque de género será legal y constitucional, siempre y cuando se refiera a varón y mujer, dejando de lado la identidad de género y todas las 130 y pico variaciones de identidad de género que existen, y que la ONU así como otras organizaciones empiezan a aceptar, considerando que se refieren a la autopercepción que cada persona tiene, sobre su cuerpo, su identidad y sobre la concordancia que hay, entre los genitales que cada uno tiene y lo que su cerebro reconoce, respecto a esos genitales. Por lo tanto, en este sentido, no está mal la sentencia.

4. Podemos criticar la parte en la que se declara infundada. No tiene lógica haberla declarado infundada, porque termina dándole la razón a Padres en Acción, que es lo que pedíamos, el retirar la ideologización del currículum escolar. No tiene sentido, declararla infundada, porque la parte que se nos declara fundada en la primera instancia, se refiere a la falta de consulta a los padres de familia, que es un derecho constitucional a favor de los padres de familia, y además en el expediente está probado ampliamente, que no se consultó a ningún padre de familia.

5. Con el Oficio No. 032-2016-DM-MINEDU-CONSEJO NACIONAL DE LA EDUCACIÓN, se establece que lo que se pudo consultar a los Padres en Acción, nunca tuvo el enfoque de género, porque en este oficio recién se le advierte al Ministro de Educación de turno: Saavedra, que no había incluído el enfoque de género, nueve días antes de que se publique el currículum escolar. Por lo tanto, nunca se pudo consultar el enfoque de género y eso está demostrado en el expediente, que a nadie se le consultó. No sólo a Padres en Acción, tampoco a ningún Director ni a ningún experto, se le pudo consultar el enfoque de género. Esta es la parte que se declara fundada, por eso no tiene sentido que el juez supremo Cartolín, haciéndose el ciego, no mirando la prueba que hay en el expediente, diga que esa parte es infundada, cuando está debidamente probado, que debió haber declarado fundada esa parte, exigiendo que se le consulte a los padres de familia, y no como dijo el procurador en la audiencia de primera instancia, que los padres solamente estamos para corregir tareas y ayudar a los hijos a hacer la mochila. Eso no es correcto. Entonces está nueva sentencia del juez Cartolín, plasma lo que en el fondo los padres hemos querido, el concepto de no ideologizar el género, como algo más que varón y mujer, con aspectos ideológicos que van a distorsionar, toda la formación educativa colegial de nuestros hijos, y ahí hubieran cubierto los dos pilares de nuestra demanda:

1) El primero, que no se ha consultado a los padres formalmente.
2) El que la ideología de género incluye el concepto de identidad de género que es ideología.

Este voto termina dándonos la razón en la segunda parte, en la que se pide que no se ideológica el currículum escolar. Sin embargo, nos niega la primera parte, que se refiere al hecho de no haber consultado a ningún padre de familia. Por lo tanto, debió ser declarado fundada, porque no se ha consultado a los padres y además se interpretó que el enfoque de género es constitucional y legal, siempre y cuando no incluya la identidad de género.

No hay que levantar alarma, al leer que se ha declarado infundada. Al contrario, su argumento sobre la identidad de género, resulta interesante, sin embargo, esto nos vuelve a dejar en una situación con respecto a los votos de: 2-2-1. No es 3-2-1, como por ahí puede hacer dicho algún diario. Nadie tiene 3 votos. Esta es una nueva sentencia, con una nueva interpretación, que ha generado una cuarta posición:

1. Para la primera posición, de Padres en Acción, hay 2 votos.
2. Para la posición del MINEDU, hay 2 votos.
3. La tercera posición, la de la jueza que declara infundada la demanda, pero agrega que debe interpretarse que sí, la identidad de género es parte del contenido del enfoque de género.
4. Esta cuarta posición, con la sentencia del juez Cartolín, declara que la identidad de género, no debe ser parte del enfoque de género, para considerarla legal y constitucional.

En consecuencia, falta un camino largo hasta llegar a los 4 votos que se requieren, para que una posición adoptada por los jueces supremos, obtenga la mayoría necesaria para que quede firme la sentencia.

Precisa finalmente que se espera que en el breve plazo posible, se obtenga un consenso, porque los padres de familia necesitamos resguardar nuestros derechos fundamentales a la educación, para dirigir el proceso educativo de nuestros hijos, y toda la ciudadanía necesita paz, tranquilidad. Basta de estar polarizándonos, confrontándonos, queriendo separarnos de nuestros hijos, con los últimos Decretos Legislativos que se han sacado, que son una cadena de normas que se han emitido para destruir a la familia, destruir la patria potestad, ese derecho de dirección de los padres para los hijos, como si los hijos fueran absolutamente responsables y controlaran todas las situaciones emocionales, cognitivas, familiares, etc.

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