GINEBRA.- El reciente fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que obliga a todos los países miembros de la Unión Europea a reconocer como válidos los matrimonios entre personas del mismo sexo celebrados en cualquier Estado miembro, representa una grave intromisión en la soberanía nacional y una redefinición radical del matrimonio.

1. Soslayamiento de la competencia nacional 

Si bien los propios jueces admiten que “la regulación del matrimonio es competencia de los Estados miembros”, el fallo obliga de facto a todos los países de la UE a aceptar matrimonios LGTB — aun cuando sus leyes internas no lo permitan. Esto equivale a una imposición supranacional que invalida la voluntad democrática de sociedades que han optado por un modelo tradicional de familia.

2. Vulneración de la identidad cultural y constitucional 

Muchos países de la UE reconocen explícitamente en su Constitución o en sus leyes que el matrimonio es la unión entre un hombre y una mujer, base del orden social, de la familia, maternidad, paternidad y educación. Obligar a reconocer matrimonios del mismo sexo contraría esa definición y podría debilitar el fundamento jurídico de sus sistemas. Por ejemplo, en el caso que originó la sentencia, Polonia alegaba su Constitución para denegar la inscripción de un matrimonio gay celebrado en otro Estado miembro.

3. Imposición de una ideología contraria a la protección de la familia natural 

Este fallo relanza la agenda LGTB como estándar obligatorio en la UE, promoviendo una visión del matrimonio y la familia que desconoce la complementariedad natural de los sexos. Desde la perspectiva de quienes defienden la familia tradicional —estructura fundada en la unión de un varón y una mujer, con posibilidad de procrear y educar a sus hijos dentro de un entorno estable—, reconocer matrimonios entre personas del mismo sexo como equivalentes al matrimonio natural implica normalizar un modelo que no responde al orden biológico ni social que históricamente ha sostenido la civilización.

4. Riesgo de homogeneización jurídica y presión internacional 

La decisión del TJUE sienta un precedente que puede ser utilizado para presionar a Estados miembros —y a terceros países que buscan integrarse a la cultura jurídica internacional— a adoptar leyes internas de “matrimonio igualitario”. Implica una homogeneización normativa que ignora las diferencias culturales, sociales y religiosas entre pueblos.

5. Impacto en los derechos de quienes defienden la familia natural 

Al imponer una definición ideológica del matrimonio, se limita la libertad de los pueblos y de sus autoridades para legislar conforme a sus convicciones morales, culturales o religiosas. Esto puede abrir paso a más demandas de “derechos” que reconfiguren la identidad cultural, familiar y social de una nación.

Conclusión:

La resolución del TJUE representa un paso peligroso hacia la construcción de una visión global de la familia que socava los fundamentos de la sociedad y subvierte el orden natural. El respeto a la soberanía de los Estados, el valor de la familia tradicional y la libertad normativa deben prevalecer. El hecho de que una institución supranacional imponga el reconocimiento generalizado de matrimonios LGTB no solo pone en riesgo la integridad de la institución matrimonial, sino también la capacidad de cada país de proteger y promover el modelo de familia que considera esencial para su futuro.
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