LIMA.- Esta semana se debatirá el proyecto de ley del Ejecutivo sobre la “paridad”. El gobierno exige que las listas de candidatos en elecciones políticas se conformen, por mandato de la ley, según el género de las personas. El 50% debe ser de mujeres y el otro 50%, de hombres.

El proyecto de ley es profundamente antidemocrático. La democracia está basada en la libertad de elegir de los ciudadanos. No está basada en la elección de hombres y mujeres.

La Constitución reconoce nuestros derechos como personas. Las personas ejercemos nuestros derechos no por ser parte de un grupo, un colectivo, un gremio, una raza o un género.

El proyecto del Ejecutivo recorta el derecho de elegir y ser elegido. Puedo ser elegido, si tengo cabida no en la totalidad de una lista, sino solo en la mitad. Puedo elegir al que quiero, siempre y cuando el cupo no me deje fuera.

Extender los derechos por cuponera solo tiene un camino: la parcela. Si no eres de mi parcela, no tienes derecho.

La condición de los géneros es excluyente; la de la persona no deja a nadie afuera.

El Ejecutivo cree que hay muy pocas mujeres participando en los procesos electorales. Y quiere más. Y cree que la forma de cambiar las cosas es a través de una ley conminatoria.

Supongamos que en el partido político X hay más mujeres que hombres. En ese grupo, digamos, hay más interés de las mujeres que de los hombres. Imaginemos que hay 12 mil mujeres inscritas y 5 mil militantes varones.

La aplicación de una ley de “paridad” hará que las listas no sean representativas de la conformación del partido.

El partido X se verá forzado a darle 50% de representación en las listas a los hombres. Cada hombre tendrá una opción de ser elegido frente a los otros 4.999. Cada mujer tendrá una opción frente a otras 11.999.

Este sistema no es justo porque cada militante debería tener la misma opción que el otro. Que sean hombres o mujeres no debería ser motivo de discriminación ni argumento para recortar sus derechos y sus posibilidades.

El proyecto propuesto apunta a asignar derechos según condiciones subsidiarias a la condición de ser humano. Hace prevalecer la condición de género sobre la condición universal.

Leyes como la exigida por el Ejecutivo van en contra del reclamo por el trato de las personas como tales. Apuntan al trato legal de las personas como miembros de un determinado género.

¡Como si el derecho lo obtuviéramos por ser parte de un género! ¡Como si los derechos fundamentales solo pudieran ser reconocidos por intermedio del grupo!

Las personas tenemos derecho a participar en forma individual (o asociada) en la vida política del país (art. 2.17, de la Constitución). Podemos ejercer nuestros derechos individualmente (art. 35).

La ley establece normas orientadas a asegurar el funcionamiento democrático de los partidos políticos, según la Constitución. No es democrática una ley que obliga al partido político, y a sus integrantes, a conformar sus listas según el criterio político de la administración Vizcarra.

La Comisión de Constitución ha aprobado un dictamen que plantea otra fórmula de cuotas, distinta a la del Ejecutivo. Será el pretexto perfecto para que el gobierno busque otra “guerra” política con el Congreso, al no respetarse la “esencia” del proyecto.

No se puede hacer “la sociedad que yo quiero” a través de la legislación. Esa es una ingenuidad que causará injusticia, conflicto, retraso y retroceso de la libertad.
Axact

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